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Vecino que no paga

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Mensaje por Presidente comunidad Lun Jul 27, 2015 12:41 pm

En el portal tenemos un vecino que no paga a la comunidad desde hace 17 meses, dice que no tiene dinero, pero en este tiempo se ha comprado un coche nuevo y ahora mismo está remodelando la cocina de su piso. Estamos muy enfadados con él, le hemos amenazado con contratar un abogado pero se ha reído en nuestra cara.
Quisiera saber si podemos demandarle y qué nos costaria.

Presidente comunidad
Invitado


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Vecino que no paga Empty Re: Vecino que no paga

Mensaje por Admin Lun Jul 27, 2015 6:58 pm

Bienvenido y gracias por participar en el foro.
Por lo que cuentas parece que ese vecino no está actuando de buena fe; por desgracia hay multitud de personas que se encuentran en una mala situación económica y les cuesta pagar la Comunidad, aunque bien llevado ese asunto siempre acaban pagando. Tu vecino parece que no tiene la Comunidad como algo propio y se desentiende de sus obligaciones.
Para este caso te recomiendo que convoques cuanto antes una reunión de Junta General extraordinaria de propietarios, y en el orden del día incluyas el siguiente punto: "Certificación y liquidación de deudas de la vivienda ...... Otorgamiento de facultades expresas al Presidente de la Comunidad para la interposición de demanda mediante Procedimiento Monitorio" Esto está regulado en el art. 21 de la Ley de Propiedad Horizintal.
En el acta de la reunión debe hacerse constar claramente las cuotas ordinarias y extraordinarias que adeuda este vecino y los importes de las mismas, así como especificar un plazo voluntario de pago (recomiendo 10 días naturales) También recomiendo acordar penalizaciones para los casos de retraso en los pagos, acuerdo que se aplicará a situaciones como las de este vecino y servirá de elemento disuasorio para evitar impagos ó retrasos injustificados. También pueden aplicarse intereses sobre las cuotas impagadas (si no hay un acuyerdo específico suele aplicarse el interés legal del dinero)
Es muy recomendable hacer llegar el acta al vecino mediante burofax, para que quede constancia de su entrega y del contenido de los entregado. Todos los gastos en los que se incurra para reclamar la deuda pueden serle exigidos al deudor (gastos de comunicación, abogado, procurador)
Una vez transcurrido el plazo de pago especificado, si no ha cancelado su deuda habrá que acudir al Juzgado a interponer la demanda.
Para la interposición de demanda mediante proceso monitorio no es necesaria la contratación de abogado ni procurador, aunque sí es muy romendable el asesoramiento de un profesional para seguir correctamente los pasos.

Espero haberte servido de ayuda.

Si algo no te queda claro, no dudes en ponerte en contacto conmigo.

Un cordial saludo.

Gabriel Cuadra Zamarreño
Gestor de patrimonios inmobiliarios.
Administrador de comunidades de propietarios.
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